DECLARAN IMPROCEDENTE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE HÁBEAS CORPUS DEL EX PRESIDENTE ALBERTO FUJIMORI

EXPEDIENTE: 01408-2020-0-1401-JR-PE-01
JUEZ: FERNANDO VICENTE FERNANDEZ TAPIA
ESPECIALISTA: VALENCIA MARTINEZ MIDWAN ROSALIA
BENEFICIARIO: FUJIMORI FUJIMORI, ALBERTO
DEMANDADO: PODER JUDICIAL Y OTROS
PROCURADOR PÚBLICO DEL PODER JUDICIAL
SOLICITANTE: PARCO ALARCON, GREGORIO FERNANDO


En la resolución se dispone, en tal sentido, devolver todo lo actuado al TC junto a una nota de atención para que dicha institución proceda conforme a ley en cuanto a la ejecución de la sentencia estimatoria emitida dentro del proceso de habeas corpus referido a la libertad de Fujimori.

“El órgano jurisdiccional a mi cargo no está facultado para ejecutar sentencias estimatorias que no expidió”, señala el juez Fernández en la resolución. Del mismo modo, indica que la instancia a su cargo –“si fuese el caso”– sí está habilitada “para poder ordenar la actuación inmediata de una sentencia estimatoria de primer grado, que no es el caso que nos ocupa”.

Entre los considerandos de la resolución, el juez señala que el proceso constitucional sobre el habeas corpus presentado “se encuentra concluido en última y definitiva instancia ante la jurisdicción constitucional interna”, habiéndose pronunciado en este el TC a favor de la libertad del exgobernante.

El magistrado recuerda que no han sido los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial los que emitieron sentencia estimatoria declarando fundada la demanda de habeas corpus de Fujimori. “Por el contrario, han declarado improcedente dicha demanda”, señala.

En ese sentido, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 del Nuevo Código Procesal Constitucional, el juzgado que Fernández lidera “carece de competencia para poder ejecutar la sentencia estimatoria que ha sido expedida por el TC en última y definitiva instancia constitucional”.


Descargue la resolución aquí: https://n9.cl/fgwqh


625 vistas
INFORMACIÓN DE LA EMPRESA

Calle Los Ruiseñores Este N° 384 Corpac - San Isidro etc

915234064

diplomados.idp@gmail.com

Redes Sociales

© IDP • Instituto de Derecho Público. All Rights Reserved 2023.