TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ORDENÓ LIBERACIÓN DE ALBERTO FUJIMORI

Como se recuerda, hace una semana un oficio del Tribunal Constitucional dio cuenta de su decisión final e inapelable de declarar como improcedente la aclaración solicitada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), después de la revisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al caso que se le sigue a Alberto Fujimori.

En conclusión, el tribunal ratificó su sentencia que emitió el 2022 en la que declaró fundado un habeas corpus a favor de Fujimori y restableció los efectos del “indulto humanitario”, que dispuso el 2017 el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski y que fuera revocado por la Corte Suprema.

No obstante quedaban las dudas si es que debe aplicarse o no la sentencia del TC, pues aún existe la resolución de Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordenó que el Perú debía abstenerse de implementar la sentencia del TC, hecho por el cual no se aplicó el indulto hasta el día de hoy.

¿Qué decidió el TC?
El pasado 29 de noviembre, el TC emitió una resolución donde se abstiene de responder a dos pedidos de aclaración, tanto de un procurador del Poder Judicial, y del abogado de Alberto Fujimori.

Por lo tanto, se decidió no modificar su última decisión, de marzo del 2022, donde se disponía liberar al exmandatario, quien fue sentenciado a 25 años de prisión en el 2009 por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.

Como se recuerda, el patriarca del fujimorismo es autor mediato de homicidio calificado con alevosía, lesiones graves y secuestro agravado en las matanzas de Barrios Altos, La Cantuta, y con respecto a los secuestros del empresario Samuel Dyer Ampudia y del periodista Gustavo Gorriti.

Ante esta noticia, su abogado, Elio Riera, aseguró que esta decisión determinaba la salida de la cárcel de su defendido. “Nosotros como defensa tendremos que continuar con esto y acudiremos el día de mañana, en horas de la tarde, para dar viabilidad a nuestro pedido”, mencionó.Lee la Resolución aqui

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